Herramientas legales gratuitas
Calculadoras que aplican las reglas de la ley chilena a tus datos y te muestran el resultado al instante, con la norma de cada cálculo. No guardan lo que ingresas.
- LaboralIndemnización por despido y plazo para demandarAños de servicio, aviso previo, recargos del art. 168 y fecha límite para demandar.
- DeudasPrescripción de deudasCuándo deja de poder cobrarse en juicio tu deuda, pagaré, cheque o factura, y hasta cuándo puede estar en DICOM.
Cómo calculan y qué no pueden hacer
Cada calculadora aplica la regla general que fija la ley para tu situación y te muestra la norma de la que sale el resultado. La de despido toma tu última remuneración con el tope de 90 UF, cuenta los años de servicio con la fracción superior a seis meses y suma el aviso previo y el recargo que corresponde según la causal; además calcula la fecha límite para demandar contando de lunes a sábado sin feriados, como indica la Dirección del Trabajo. La de prescripción suma a la fecha que ingresas el plazo de cada acción: tres o cinco años para una deuda en general y un año para pagarés, letras, cheques protestados y facturas.
Ninguna puede saber lo que no le cuentas. Si tu sueldo era variable, si había cotizaciones impagas, si el acreedor ya te demandó o si reconociste la deuda, el resultado cambia. Por eso cada cálculo termina con la opción de que un abogado revise tu caso: la evaluación es sin costo.
Los datos que escribes en las calculadoras no salen de tu navegador: el cálculo se hace en tu propio teléfono o computador y no se guarda en ningún servidor.
Cómo leer la tabla de plazos
La tabla reúne, para cada situación que explicamos, el plazo o monto que más importa: cuánto tiempo tienes para demandar, reclamar o defenderte, o la cifra que fija la ley. Lee siempre la columna «A qué se aplica»: dice desde cuándo se cuenta el plazo, y ese punto de partida suele ser la diferencia entre llegar a tiempo o perder un derecho.
Los plazos de días pueden ser hábiles o corridos según la ley que los fija, y algunos se suspenden mientras tramitas un reclamo. Si te queda poco tiempo, no esperes al último día: escríbenos y te decimos cómo se cuenta en tu caso.
Plazos y montos legales clave, por situación
El dato que más importa en cada situación que explicamos, con la norma que lo fija. Cada fila enlaza a la guía completa, donde está la explicación, los matices y las fuentes oficiales.
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Pensión de alimentos | 40 % | del ingreso mínimo remuneracional como pensión mínima para un hijo menor | Ley 14.908, art. 3 |
| Divorcio | 3 años | de cese efectivo de convivencia para pedir el divorcio unilateral | Ley 19.947, art. 55 |
| Cuidado personal de los hijos tras la separación | 30 días | para subinscribir el acuerdo de cuidado personal ante el Registro Civil | Código Civil, art. 225 |
| Relación directa y regular con tus hijos | 60 días | máximo de mediación previa, desde que se comunica la designación al mediador | Ley 19.968, art. 110 |
| Violencia intrafamiliar | 6 meses a 2 años | duran las medidas accesorias, prorrogables si se mantienen los hechos | Ley 20.066, art. 9 |
| Cómo cobrar la pensión de alimentos que te deben | 3 pensiones | impagas permiten pedir el pago con los fondos de su cuenta en la AFP | Ley 14.908, art. 19 quinquies |
| Medidas de protección de niños, niñas y adolescentes ante el tribunal de familia | 5 días | para que el juez cite a audiencia preparatoria tras tu petición | Ley 19.968, arts. 70 a 72 |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Despido injustificado | 60 días hábiles | para demandar por despido injustificado, contados desde la separación | Código del Trabajo, art. 168 |
| Autodespido | 60 días hábiles | para demandar tras el autodespido, contados desde la separación | Código del Trabajo, art. 171 |
| Tutela de derechos fundamentales en el trabajo | 60 días | para denunciar desde la vulneración, descontando domingos y festivos | Código del Trabajo, arts. 435 y 486 |
| Nulidad del despido | 6 meses | para demandar la nulidad del despido, desde la suspensión de los servicios | Código del Trabajo, art. 510 |
| Acoso laboral y sexual | 30 días | como máximo para concluir la investigación de tu denuncia de acoso | Código del Trabajo, art. 211-C |
| Accidente del trabajo | 5 años | para reclamar las prestaciones de la Ley 16.744, contados desde el accidente | Ley 16.744, art. 79 |
| Me deben el finiquito, sueldos o vacaciones | 10 días hábiles | para que te paguen el finiquito, contados desde la separación | Código del Trabajo, art. 177 |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Quiebra personal | más de 80 UF | en total, entre dos o más deudas vencidas hace más de 90 días corridos, para renegociar | Ley 20.720, art. 260 |
| Me demandaron por una deuda | 8 días | para oponer excepciones a la demanda ejecutiva, desde el requerimiento de pago | Código de Procedimiento Civil, arts. 459 y 462 |
| Embargo | 56 UF | de tu sueldo están protegidas: solo se embarga lo que supera esa cifra | Código del Trabajo, art. 57 |
| Prescripción de deudas | 3 años | para la acción ejecutiva, contados desde que la deuda se hizo exigible | Código Civil, art. 2515 |
| Liquidación voluntaria | 5 años | debes esperar desde la publicación de una liquidación terminada para pedir otra | Ley 20.720, art. 273 B |
| Renegociación de deudas ante la Superintendencia de Insolvencia | 80 UF | debes superar en total con dos o más deudas vencidas hace más de 90 días | Ley 20.720, art. 260 |
| DICOM y Boletín Comercial | 5 años | máximo que una deuda impaga puede informarse, desde que se hizo exigible | Ley 19.628, art. 18 |
| Deuda del CAE | 10 % | de tu renta como tope de la cuota del CAE, si estás al día | Ley 20.027, art. 11 bis |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Cómo cobrar un pagaré o una letra de cambio que no te pagaron | 1 año | para ejercer la acción cambiaria, contado desde el vencimiento del documento | Ley 18.092, arts. 98 y 107 |
| Me pagaron con un cheque sin fondos | 1 año | para la acción ejecutiva y la penal del cheque, contado desde el protesto | Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, art. 34 |
| Presté plata y no me la devuelven | 5 años | para cobrar en juicio ordinario, desde que la deuda se hizo exigible | Código Civil, arts. 2514 y 2515 |
| Cómo cobrar una factura impaga | 30 días corridos | máximo para que tu cliente pague la factura, contados desde su recepción | Ley 19.983, art. 2 |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Posesión efectiva | 15 UTA | de bienes o menos: la posesión efectiva en el Registro Civil es gratuita | Ley 19.903, art. 11 |
| Cómo hacer un testamento válido y qué puedes decidir en él | 4 años | para pedir la reforma del testamento si te perjudica como legitimario | Código Civil, art. 1216 |
| Partición de herencia | 2 años | tiene el partidor para hacer la partición, desde que acepta el cargo | Código Civil, art. 1332 |
| Impuesto a la herencia | 2 años | para declarar y pagar el impuesto, desde que se defiere la asignación | Ley 16.271, art. 50 |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Defensa si te detuvieron o te van a formalizar | 24 horas | máximo para llevarte ante el juez de garantía, desde la detención | Código Procesal Penal, art. 131 |
| Querella para víctimas de delitos | 5 años | para que prescriba un simple delito, contados desde el día en que se cometió | Código Penal, arts. 94 y 95 |
| Conducción en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol | 0,8 gramos por mil | de alcohol en la sangre ya es estado de ebriedad, aunque no causes daños | Ley de Tránsito, art. 111 |
| Estafas y fraudes | 30 días hábiles | para reclamar al banco cargos no autorizados, contados desde tu aviso | Ley 20.009, art. 4 |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Desalojo por no pago | 10 días corridos | para que el arrendatario pague rentas, gastos comunes y consumos tras ser requerido | Ley 18.101, art. 18-A |
| Cómo cobrar las rentas de arriendo que te deben | 3 años | para la acción ejecutiva, contados desde el vencimiento de cada renta | Código Civil, arts. 2514 y 2515 |
| Cómo terminar un contrato de arriendo y en qué plazos | 2 meses | para restituir tras el desahucio, más un mes por año completo de ocupación | Ley 18.101, art. 3 |
| Qué debe tener un contrato de arriendo para protegerte | 3 meses | de pagos consecutivos fijan la renta presunta si el contrato no es escrito | Ley 18.101, art. 20 |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Indemnización por accidente de tránsito | 600 UF | máximo en gastos médicos que paga el SOAP, sin discutir culpas | Ley 18.490, art. 25 |
| Qué hacer después de un choque | 30 días | para avisar por escrito a tu aseguradora, desde que supiste del accidente | Ley 18.490, art. 8 |
| Te pasaron un parte de tránsito | 25 % | de rebaja si pagas el parte dentro del quinto día desde la denuncia | Ley 18.287, art. 22 |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Cómo reclamar contra una empresa | 2 años | para denunciar la infracción, contados desde que cesó | Ley 19.496, art. 26 |
| Garantía legal | 6 meses | para elegir reparación, cambio o devolución, desde que recibiste el producto | Ley 19.496, art. 21 |
| Fraude con tarjeta o transferencias | 30 días hábiles | para reclamar operaciones no reconocidas, contados desde tu aviso al banco | Ley 20.009, art. 4 |
| Cobros abusivos del banco o la tarjeta de una tienda | 5 días | para que te devuelvan intereses o reajustes cobrados indebidamente, desde el cobro | Ley 19.496, art. 17 D |
| Compraste por internet y no llegó, o te arrepentiste | 10 días | para retractarte de una compra a distancia, desde que recibes el producto | Ley 19.496, art. 3 bis letra b |
| Problemas con tu empresa de luz, agua, teléfono o internet | 6 horas | de corte en un día: si se superan, te descuentan un día de tarifa | Ley 18.168, art. 27 |
| Tu vuelo se atrasó, se canceló o perdieron tu maleta | 250 UF | máximo de indemnización por vuelo atrasado más de tres horas o cancelado | Código Aeronáutico, art. 147 |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Indemnización de perjuicios | 4 años | para demandar daños que no vienen de un contrato, contados desde el hecho | Código Civil, art. 2332 |
| Juicio de precario | 10 días | máximo para el lanzamiento del ocupante, desde que la resolución queda firme | Ley 18.101, art. 18-C |
| Servidumbres de paso y deslindes | 3 años | sin usar una servidumbre bastan para que se extinga por no uso | Código Civil, art. 885 |
| Situación | Plazo o monto | A qué se aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Visas y permisos de residencia en Chile | 90 días | de permanencia transitoria como turista, prorrogables una sola vez | Ley 21.325, art. 48 |
| Residencia definitiva, antes permanencia definitiva | 24 meses | de residencia temporal para postular, por regla general, a la residencia definitiva | Ley 21.325, art. 79 |
| Expulsión | 10 días corridos | para recurrir ante la Corte de Apelaciones, desde la notificación de la orden | Ley 21.325, art. 141 |
Preguntas frecuentes
¿Las calculadoras tienen costo?
No. Son gratuitas y puedes usarlas las veces que quieras. Aplican las reglas generales de la ley chilena a los datos que ingresas y te muestran el resultado con la norma de cada cálculo.
¿Guardan los datos que ingreso?
No. El cálculo se hace en tu propio navegador y los montos o fechas que escribes no se envían a ningún servidor. Sólo si decides pedir una evaluación nos llegan los datos que pongas en el formulario.
¿El resultado reemplaza la revisión de un abogado?
No. Es una estimación con las reglas generales. Tu caso puede tener particularidades, como remuneraciones variables, cotizaciones impagas o un pacto distinto en el contrato, que cambian el resultado. La evaluación de tu caso es sin costo.
¿Qué calculadoras vienen?
Estamos agregando herramientas para los plazos y montos que más se consultan, como la pensión de alimentos y los plazos de reclamo. Cada una se publica sólo cuando sus reglas están verificadas contra la ley vigente.
Actualizado el .